Ley de Derechos Civiles
Prohíbe la Discriminación
en Empleo basado Raza, Color
o Origen Etnico por Empleador

Estados Unidos tiene mucha diversidad racial. Para la ley, todos los trabajadores son iguales, muy aparte del color de su piel o de su etnia.

El Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 prohíbe la discriminación en el empleo basados en en la raza, el color o el origen étnico por parte de un empleador del sector privado, el gobierno local o estatal o una institución educativa que tenga 15 o más empleados durante 20 o más semanas al año. Incluso la discriminación puede darse en casos en que la víctima y la persona que discrimina pertenezcan a la misma raza o tengan el mismo color de piel.

Discriminación por raza/color
La discriminación racial implica el trato inapropiado hacia una persona debido a su raza o a sus características físicas relacionadas a su raza. La ley prohíbe la discriminación en todo aspecto del empleo, incluido contrataciones, despidos y beneficios. De igual manera, es ilegal hostigar a una persona debido a su raza. Si bien el empleador puede adoptar una política dirigida a todos sin importar su raza o su color, dicha política puede ser ilegal si provoca un impacto negativo en el empleo de individuos de cierta raza o color de piel, si no está relacionada con el trabajo y no es necesaria para la operación de la empresa.

Discriminación por nacionalidad
La ley prohíbe la discriminación de un empleado o solicitante debido a su origen étnico. Si un empleado es filipino, turco, ucraniano, colombiano o indoamericano, o de cualquier otra nacionalidad, tiene derecho a las mismas oportunidades de empleo que cualquier otra persona. No se debe negar una oportunidad igualitaria de empleo a una persona en virtud de su lugar de nacimiento, cultura, ascendencia, características lingüísticas pertenecientes a un grupo étnico específico o por su acento.

La EEOC hace cumplir la prohibición de discriminación por nacionalidad bajo el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964, que incluye a los empleadores con 15 o más empleados.

Si considera que ha sufrido discriminación por su raza, condición u origen étnico, debe presentar cargos de discriminación laboral en forma individual o como parte de un grupo (“demanda colectiva”) ante la Comisión para la Igualdad de Oportunidades de los Estados Unidos.

Los cargos deberán presentarse en un formulario de la EEOC dentro de 180 días de ocurrido el acto de discriminación que se alega.

Si lo representa un sindicato, comuníquese con su delegado, quien lo ayudará con la demanda. Los empleados federales deben presentar los cargos de discriminación dentro de su propia agencia y tienen 45 días para contactar a un consejero de EEO.

Para más información usted puede presentar una queja llamando.

Los cargos deben incluir:

- Su nombre, domicilio y número de teléfono
- Su cargo
- Describir brevemente el problema
- Cundo ocurrió el o (los) incidente(s)
- Tipo de discriminación que enfrenta