Derechos Civiles Prohíbe
Discriminación Laboral
basados en Religión por Empleador

La libertad religiosa es un principio básico en Estados Unidos, y uno de los derechos que valoramos más. La discriminación religiosa consiste en el trato inapropiado hacia una persona por sus creencias religiosas.

El Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 prohíbe la discriminación laboral basados en la religión por parte de un empleador privado, el gobierno local o estatal y las instituciones educativas que tengan 15 o más empleados durante 20 o más semanas al año.

El Título VII prohíbe la discriminación de empleadores a trabajadores basados en su religión tanto en la contratación como en otras condiciones de empleo. La ley requiere que un empleador brinde ocupaciones razonables para las creencias religiosas de un empleado, salvo que aquello implique una carga excesiva para el empleador.

Si considera que ha sufrido discriminación debido a su religión, presente cargos por discriminación laboral en forma individual o como parte de un grupo ( “demanda colectiva”) ante la Comisión para la Igualdad de Oportunidades de los Estados Unidos.

Los cargos deben presentarse dentro de 180 días de ocurrido el acto de discriminación que se alega. Si lo representa un sindicato, llame a su delegado, quien lo ayudará a presentar la demanda. Los empleados federales deben presentar cargos por discriminación dentro de su propia agencia. Deben contactar a un consejero de EEO dentro de 45 días de ocurrido el acto discriminatorio.

Para más información usted puede presentar una queja llamando.
Los cargos deben incluir:

- Su nombre, domicilio y número de teléfono
- Su cargo
- Describir brevemente el problema
- Cundo ocurrió el o (los) incidente(s)
- Tipo de discriminación que enfrenta