Represalias contra Empleado
por Quejas Laboral

Un empleador no puede despedir, bajar de cargo, fustigar ni tomar “represalias” contra empleados que hayan presentado cargos por discriminación, quejas ante su empleador por discriminación en el trabajo o que fueron víctimas de un proceso de discriminación laboral.

Se cataloga como represalias cuando un empleador, una agencia de empleo o una organización laboral toma medidas hostiles, como negar un ascenso o aumentar la supervisión contra una persona que se opuso a prácticas ilegales, participó en procesos relacionados con la discriminación laboral o solicitó ocupaciones razonables debido a su religión o discapacidad.

De acuerdo con el Título VII y la ADA, los empleadores con 15 empleados o más tienen prohibido tomar represalias contra sus empleados. Los empleadores con 20 empleados o más tienen prohibido tomar represalias bajo las normas de la ADEA. Implícitamente, la EPA incluye a todos los empleadores.

Si usted cree que fue víctima de represalias por presentar una queja por discriminación, debe presentar cargos en forma individual o como parte de un grupo (“demanda colectiva”) ante la Comisión para la Igualdad de Oportunidades de los Estados Unidos.

Los cargos deben presentarse dentro de 180 días de ocurrido el acto de discriminación que se alega. Si lo representa un sindicato, llame a su delegado, quien puede ayudarlo con la demanda.

Los empleados federales deben presentar cargos por discriminación dentro de su propia agencia. Deben contactar al consejero dentro de 45 días de ocurrido el acto de discriminación.

Para más información usted puede presentar una queja llamando a las oficinas. Los cargos deben incluir:

- Su nombre, domicilio y número de teléfono
- Su cargo
- Describir brevemente el problema
- Cundo ocurrió el o (los) incidente(s)
- Tipo de discriminación que enfrenta